¿POR QUÉ LE INTERESA CONTRATAR NUESTROS SERVICIOS Y QUÉ LE OFRECEMOS?
Asesores financieros y fiscales Winkel le ofrece sin coste ir a su empresa o a la empresa de su cliente (en el caso de despachos fiscalistas y abogados) y realizar un análisis preliminar de la situación de la empresa respecto a Operaciones vinculadas. Determinaremos las obligaciones de documentación y de declaración.
Si una vez finalizado este análisis preliminar le interesa contratar nuestros servicios, le ofrecemos los siguientes servicios en relación con las Operaciones Vinculadas:
- Análisis de contingencias fiscales.
- Determinación del valor de mercado.
- ¿Cómo documentar las Operaciones Vinculadas? Confección del dossier de documentación exigida por el artículo 16.2 TRLIS.
- Asistencia y defensa ante la Administración Tributaria.
- Recursos y reclamaciones en vía administrativa.
- Recurso contencioso administrativo en materia de Operaciones Vinculadas.
¿ POR QUÉ ESTÁ DE “MODA” ESTE TEMA Y POR QUÉ LE INTERESA CONOCERLO?
La Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, estableció una nueva regulación para las operaciones vinculadas. La normativa actual establece la obligación al contribuyente de valorar las operaciones con personas o entidades vinculadas a valor de mercado.
Se entiende por valor normal de mercado aquel que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia.
Las personas o entidades vinculadas deberán mantener a disposición de la Administración Tributaria la documentación establecida en el RIS, si no se dispone de la documentación las sanciones pueden ser desde 1.500 € por cada dato y 15.000 € por conjunto de datos, omitido, inexacto o falso, referido a cada una de las obligaciones de documentación que se establezcan reglamentariamente para el grupo o para cada entidad.
¿TIENE OPERACIONES VINCULADAS EN SU EMPRESA?
Las tiene si en su empresa se realizan transmisiones de bienes y/o prestaciones de servicios que se llevan a cabo entre la sociedad y…
- Sus socios.
- Sus administradores.
- Otras sociedades con accionariado coincidente al menos en el 25%.
- Los familiares más directos de los socios y administradores.
Ejemplo: si una compañía realiza un negocio con el nieto de su consejero delegado, se considera de una operación vinculada.
¿MI EMPRESA ESTA OBLIGADA A DECLARAR Y/O DOCUMENTAR LAS OPERACIONES VINCULADAS?
La ley no describe de forma clara la obligación de qué operaciones vinculadas deben declarase en el impuesto de sociedades y en qué casos debe prepararse la documentación. Se establecen algunos beneficios para las empresas de reducida dimensión no quedando obligadas a documentar las operaciones.
Sin embargo, la realidad es que todas las empresas con independencia de su tamaño (sea o no de reducida dimensión) y del volumen de operaciones vinculadas realizadas deben justificar ante hacienda que las operaciones se han realizado a precio de mercado.
